El juzgado penal de Barcelona ha absuelto el manifestante que quemó una bandera española durante la manifestación del día 12 de octubre del 2021 en la capital catalana. Jordi Cadierno, vecino de Badia del Vallès, prendió fuego a la bandera durante una protesta por la celebración del Día de la Hispanidad. Por estos hechos, la fiscalía le pedía 3.000 euros de multa por un «delito de ultraje a España«. Ahora bien, hoy, un más de un año después de la crema de la bandera que lo ha llevado hasta aquí, la justicia lo ha absuelto.
Como apunta la sentencia quemar la bandera del estado en el decurso de una protesta pública relacionada con cuestiones políticas no es delito. De hecho, es una práctica que queda amparada por el ejercicio del derecho a la libertad de expresión. Esta sentencia repasa, entre otras, la resolución del Tribunal Europeo de los Derechos Humanos, en relación con la crema de fotografías de los reyes españoles en una manifestación a Girona.
En un comunicado, la organización Alerta Solidaria critican que el caso no se archivara en la base de instrucción, y también en los Mossos porque el único que declaró al juzgado admitió que sabía que el acusado ya había sido exculpado por hechos similares anteriormente, pero, aun así, hicieron un atestado incriminatorio.
Una crema de protesta
El pasado noviembre del 2021, Cadierno quiso protestar por la imputación al presunto delito de ultraje en España repitiendo la acción que lo colocó en esta situación y, además, dejando constancia y haciendo difusión. Por este motivo, el vecino de Badia del Vallès volvió a quemar una bandera de España. Esta vez, pero, en la plaza de San Jaime, a pocos metros de la Generalitat. “Esto es la bandera fascista de Borbones y ahora se quemará, porque a Europa no es delito quemar una bandera y aquí tampoco lo puede ser”, declaraba Cadierno ante la cámara que captó el momento.
Los ultrajes “de palabra, por escrito o de hecho a España, sus comunidades autónomas o sus símbolos o emblemas, efectuados con publicidad”, se castigan con una pena de multa de entre siete y doce meses, según el Código Penal. La cuota diaria de las multas las fija un juez según un baremo y según la gravedad del caso. Ha quedado demostrado, pero, que el delito no estaba.