Un local de la empresa Glovo del distrito de Sant Martí podría estar funcionando como un supermercado fantasma. Así lo subraya el síndico de Barcelona David Bondia, quien insta al Ayuntamiento a comprobarlo y a poner fin al reparto a domicilio, si es el caso. El defensor de la ciudadanía solicita también que el consistorio haga cumplir la normativa de circulación y estacionamiento a los vehículos del presunto supermercado fantasma, que se encuentra en la calle de la Marina, 90-96.
Tal como recuerda el síndico, desde este local no se puede hacer reparto a domicilio, según la regulación vigente, por lo que Bondia pide a la Guardia Urbana y los servicios técnicos del distrito que inspeccionen el local de Glovo, «y se verifique y garantice que la actividad de reparto a domicilio ha cesado, adoptando medidas coercitivas, si fuera necesario, así como revisar las medidas de seguridad del local».
Garantizar que los vehículos de Glovo están bien aparcados
Por otro lado, el síndico también pone el foco en los vehículos de Glovo estacionados y exige que la policía local barcelonesa y los vigilantes de las áreas de aparcamiento regulado de la empresa municipal B:SM «actúen para asegurar que los vehículos cumplen la normativa de circulación y estacionamiento». Bondia se refiere a las motos aparcadas en la acera y en el área verde y los camiones que paran en el carril bus para cargar y descargar y quiere que «se sancionen las infracciones».

Según detalla Bondia, el Ayuntamiento y la Guardia Urbana ya han actuado contra este local. En 2021, el distrito de Sant Martí abrió varios expedientes disciplinarios por motos aparcadas en las aceras, camiones parados en el carril bus y repartidores circulando por la acera en bicicleta. Pero «los expedientes disciplinarios se archivaron alegando que las infracciones se habían corregido».
Actividades fuera de licencia
También en 2021, el Ayuntamiento detectó que el local no disponía de la documentación requerida, que tenía el seguro de responsabilidad caducado y que ejercía actividades fuera de su licencia, como la cocción de pan y bollería y la preparación de jugos. Dos años después, se constató que esta última infracción persistía. Además, el titular de la licencia no coincidía con el de la entidad que llevaba a cabo la actividad, añade el síndico.
El síndico, que es nombrado por el pleno municipal y defiende a la ciudadanía, solo puede hacer recomendaciones y advertencias al Ayuntamiento, pero sus resoluciones no son de obligado cumplimiento para el consistorio. En el caso de Glovo, Bondia ha concluido que «las actuaciones del distrito de Sant Martí, del área de Prevención, Seguridad y Convivencia y la empresa B:SM no se ajustan a derecho ni han sido eficaces», y valora que «no se ha respetado el principio de buena administración».