Es 24 de marzo de 2023. Gabriel, un conductor novel, deja su vehículo a la zona verde que le corresponde del barrio donde vivo. No se da cuenta de que no se podrá aparcar porque el Ayuntamiento hará obras. De hecho, coge bien poco el vehículo porque no tiene el hashtag de bajas emisiones que le permitiría circular por Barcelona a todas horas. La grúa municipal se le lleva el vehículo y lo denuncia. Gabriel retira el coche del depósito y abona la multa, 248 euros.
Pero el 12 de mayo Gabriel recibe otra notificación del Ayuntamiento. De hecho, imagina que se trata de alguno de los papeles relativos a la multa abonada. Pero, la realidad supera la ficción. Es una nueva multa por circular con su vehículo que no tiene la pegatina de bajas emisiones el 24 de marzo de 2023. Toda una sorpresa porque fue el día que la grúa de la Guardia Urbana se le ha llevado el vehículo. Efectivamente, la fotografía que acompaña la denuncia y la multa de 200 euros, por «no respetar la zona de bajas emisiones» es del vehículo cuando estaba enganchado a la grúa del Ayuntamiento. Es decir, fue multado para circular cuando el vehículo era trasladado al depósito municipal ensartado a la grúa y la cámara captó la matrícula del vehículo.

Ni caso a los recursos
Inmediatamente, al comprobar el origen de la sanción, Gabriel interpuso recurso ante el Ayuntamiento de Barcelona alegando que su vehículo no estaba circulando cuando fue multado por no respetar las zonas de bajas emisiones, sino que era trasladado por la grúa y con el motor muy apagado. En el recurso de alzada, al que ha tenido acceso lo Todo Barcelona, la resolución del 25 de abril se imputa la comisión de la infracción grave del artículo 76.z3 de la Ley de Seguridad Viaria, una norma que establece como infracción grave «no respetar las restricciones de circulación derivadas de la aplicación de los protocolos ante episodios de contaminación y de las zonas de bajas emisiones».
«Por lo tanto», alega Gabriel, «lo que hace falta para que se aplique esta norma es que el vehículo denunciado esté circulando y que lo haga en un horario en que existe la restricción». «Ahora bien, una de estas dos premisas no se cumple, puesto que el vehículo no estaba circulando, es decir, no circulaba por iniciativa propia, dado que estaba arriba de un vehículo de la grúa municipal desde las 9:14 horas cuando fue retirado de la zona verde donde estaba estacionado y fue conducido al depósito municipal», arguye el recurso.
Además, el escrito remarca cómo en la misma fotografía utilizada para multar Gabriel se ve claramente el vehículo arriba de la grúa municipal. «Es grave que el sistema automatizado vaya tan lejos, que no haya una persona que verifique estos extremos, haciendo perder el tiempo y dinero al contribuyente, en un momento en el que ya ha tenido que hacer frente a una primera multa, impuesta a las 9:14 horas del mismo día 24-03-2023, estando su vehículo muy aparcado en zona verde», concluye el recurso.