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La justicia desautoriza a un padre y permite la eutanasia del hijo, de 54 años

Los juzgados de Barcelona han autorizado la eutanasia a un paciente de 54 años que había sufrido cuatro ictus y dos infartos en los últimos cuatro años. El caso tiene relevancia jurídica porque la familia se había mostrado contraria a la muerte asistida. Su padre, concretamente, había recurrido contra la decisión del Comité de Garantías y Evaluación, que avalaba la muerte digna, alegando que su hijo no estaba capacitado para tomar la decisión. En el auto, que ha publicado la SER, la magistrada detalla que el hijo reúne las condiciones necesarias para tomar la decisión, que el padre no puede oponerse y, por otra parte, reitera que el paciente había pedido que no se comunicara su decisión a ningún familiar o amigo.

Los informes médicos publicados por la emisora muestran que el paciente tiene dificultades para hablar, tampoco puede escribir sin ayuda, caminar sin bastón o conducir, y le cuesta seguir el hilo de frases largas. Comprende lo que se le dice, pero no puede mantener el hilo de una conversación con normalidad. Todo esto le habría llevado a comunicar a los médicos que «no se gusta» y que «no le encuentra sentido a la vida». La información también detalla que el paciente también mostró su inquietud por si la incapacidad iba creciendo con el paso de los años.

Ciutat de la Justícia, on s'aglutinen sales i jutjats d'instrucció /
Ciutat de la Justícia, donde se agrupan salas y juzgados de instrucción / Wikimedia – Zarateman

La magistrada no ve problemas de salud mental

El padre ha reconocido el sufrimiento de su hijo, pero también habría señalado que padece problemas de salud mental. En todo caso, según los informes publicados, los médicos no acreditaron ninguna patología mental. Lo mismo que ha hecho la magistrada encargada del caso en el apartado de causas. El escrito judicial avala, pues, la muerte asistida y pide notificar la decisión al paciente y a los médicos que se encargan de ello.

La magistrada defiende, en su escrito, que una persona no puede atribuirse el derecho sobre una tercera, por mucho que sea su padre, si esta está en plenas facultades para tomar decisiones. Los jueces habían detenido de manera cautelar la eutanasia, a partir del recurso del padre, para estudiar a fondo la cuestión. La decisión final aún se puede recurrir al Tribunal Superior, en un plazo de 15 días, por lo que la eutanasia no tiene por qué ser inmediata.

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