El juzgado social número 28 de Barcelona ha sentenciado que una empresa de filtraje de contenidos a internet es responsable de las secuelas psicológicas que tengan sus moderadores, es decir, que todas las consecuencias negativas y enfermedades que puedan desarrollar a raíz de su trabajo se tienen que considerar accidentes laborales. Los moderadores son los encargados de revisar fotos, videos y comentarios que los usuarios cuelgan en las redes sociales, y esto los expone a contenido altamente sensible, además a menudo bajo una gran presión porque tienen que tomar estas decisiones de manera rápida y sin equivocarse. Algunos trabajadores han acabado desarrollando trastornos a causa de este trabajo.
Este es el caso de P.S., un chico de 26 años que trabajó a CCC Barcelona Digital Services entre el 2018 y el 2020. Durante todo este tiempo tuvo que visionar «automutilaciones, decapitaciones de civiles asesinados por grupos terroristas, tortura infligida a personas, suicidios», según queda recogido a la sentencia que avanzó ‘La Vanguardia’ y que da la razón al trabajador y en el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), cosa que le provocó trastornos que todavía arrastra hoy en día. Los informes del Centro de salud mental San Pedro Claver acreditan que el joven sufre “clínica severa ansiosa con ataques de pánico, conductas de evitación, aislamiento al domicilio y
La sentencia favorable
A raíz del contenido que estaba obligado a visualizar durante su jornada laboral, el joven tuvo que coger una baja, puesto que los trastornos mentales que empezaba a sufrir le impedían hacer su trabajo. Ahora, con la sentencia sobre la mesa, toda esta situación quedará tipificada como accidente laboral. Aun así, la empresa ha intentado durante el juicio alegar que no era responsabilidad suya. En su intervención, la empresa ha negado que el trabajo fuera la causa exclusiva de la enfermedad -como exige la ley para considerarlo un accidente laboral- y ha argumentado que había una “preexistencia anterior” porque el empleado había ido al psicólogo cuando tenía 16 años. La sentencia, pero, no ha dado por válida esta argumentación.