Las pistolas eléctricas llegarán a Barcelona con la misma polémica que las ha rodeado en otros municipios. La Guardia Urbana celebra la llegada de un arma que considera “intermedia” entre la porra extensible y la pistola de fuego, pero las entidades sociales advierten que el reglamento actual “podría vulnerar derechos humanos”. El Ayuntamiento, que en estos momentos estudia las alegaciones que han entrado, espera poder aprobar la regulación en el pleno de junio. Será el último trámite –el gobierno tiene los apoyos necesarios– antes de que Barcelona equipe con Taser a su policía y confirme, así, la tendencia al alza de los últimos años. El último informe de policías locales de la Generalitat constata que el número de cuerpos municipales con Taser ha crecido cerca de un 40% en cuatro años en Cataluña: en 2023 eran 58, ahora son 79 y el año que viene, cuando se sume la Urbana de Barcelona, la más grande del país, serán 80.
La norma saltará al pleno con dos visiones opuestas. La Urbana recuerda que “hace tiempo” que piden esta herramienta para “defenderse”. El referente sindical de la UGT, José Casas, visualiza las Taser como un recurso “para evitar el cuerpo a cuerpo”. “En intervenciones agitadas, si no tienes esta herramienta tienes que enfrentarte cuerpo a cuerpo, con el riesgo que supone para los compañeros”, comenta en conversación con este diario. Es el mismo argumento que esgrime el Ayuntamiento en las primeras páginas del anteproyecto de legalización de las Taser. El consistorio constata que «la Guardia Urbana considera los DCE [las siglas de ‘dispositivo conductor de energía’] un instrumento adecuado para ser incorporado como herramienta de trabajo» y que “el vacío notorio” que hay entre el uso de la defensa y el uso del arma de fuego lo puede cubrir la pistola eléctrica, “más contundente que la defensa y menos lesiva que el arma de fuego”.
Las entidades pro derechos humanos, en cambio, ven un error de concepto. “Se considera la pistola eléctrica de segundo nivel, pero es un arma potencialmente mortal”, exponen Irídia y Amnistía Internacional. Entienden que haya una necesidad operativa que se debe resolver, pero cuestionan que la Taser sea la solución. En este sentido, lamentan que se menosprecie el potencial de las pistolas eléctricas a pesar de las advertencias de organismos internacionales y el número de muertes que ha causado las Taser en otros territorios. La década pasada, Amnistía documentó más de medio millar de muertes en los Estados Unidos a consecuencia del uso de una Taser. Y en Cataluña, en noviembre de 2021, un chico murió en Santa Coloma tras recibir seis disparos.
Las entidades son conscientes de que hay voluntad política suficiente en Barcelona para impulsarlas y que la normativa saldrá adelante, pero insisten en que el redactado actual del reglamento “contradice el derecho internacional”. De hecho, una veintena de asociaciones presentaron alegaciones a la norma la semana pasada. Desde Irídia, Irene Urango cuestiona que el Ayuntamiento “no ha presentado informes independientes que avalen el uso de esta arma”. La activista lamenta en el Tot Barcelona que todo se base exclusivamente en una petición policial y que el reglamento se mire en la instrucción de los Mossos, “que contraviene muchos dictámenes internacionales”. La directora de relaciones institucionales de Amnistía, Júlia Pérez, también cuestiona la referencia de los Mossos y subraya que han trasladado inútilmente la preocupación al consistorio, primero con una reunión técnica y más tarde con una de más política. El Ayuntamiento justifica su reglamento de acuerdo con los estudios que hizo en su día el Parlamento de Cataluña. En este sentido, Pérez asume que las incongruencias en este tipo de reglamentos “son habituales”, pero lamenta igualmente la poca firmeza del Ayuntamiento para corregirlo. “Nosotros avisamos desde 2018 que la instrucción de los Mossos no cumple con los estándares internacionales”, remarca.

Menores de edad y personas con problemas de salud mental
Hay un aspecto que preocupa especialmente: el posible uso del arma sobre los menores de edad y sobre personas con crisis de salud mental. El reglamento, tal como está redactado ahora, prohíbe su uso sobre menores de 14 años “siempre que los funcionarios policiales puedan percibir esta condición”. Una cuestión que no solo contradice dos dictámenes de la ONU -de 2016 y 2019- sino también uno de la Sindicatura de Greuges de Cataluña. En su segundo informe, el organismo internacional establece que los reglamentos “deberían establecer presunciones claras contra el uso de pistolas eléctricas contra colectivos vulnerables, como niños o jóvenes”. Y la sindicatura pedía modificar los protocolos existentes para prohibir, directamente, el uso de la Taser “en casos con menores de dieciocho años”.
“Hablamos de que un chico de 14 años va a 2º de ESO”, recuerda Urango. La portavoz de Irídia también cuestiona la aclaración final que hace el artículo, que se podría interpretar como una inhabilitación de la restricción siempre que la edad no sea claramente identificable. “¿Los agentes tendrán suficiente formación para distinguir si una persona tiene 12, 13 o 14 años?”, pregunta en voz alta. La activista pide cambiar esta visión: “Se necesita un cambio de paradigma en el uso del arma para que no se utilice cuando haya dudas sobre la edad. Con el redactado actual, es al revés”. En José Casas, referente sindical de la Urbana, admite que “no es deseable utilizarla nunca contra menores de edad”, pero matiza: “Si el compañero o compañera dispone de información o tiene la certeza de que el chico tiene 14 años, se tendrá que hacer lo que sea necesario para evitar utilizarla, pero si no hay más remedio, se debe utilizar”.

El otro aspecto que genera dudas es la ausencia explícita a las personas con diversidad funcional, crisis de salud mental o que estén ebrias. Los formularios de alegaciones presentadas argumentan que en 2016 la Sindicatura pidió vetar su uso en casos en que la persona “no pueda entender las órdenes de los agentes por su estado de alienación”. El caso de Antonio de Santa Coloma es bastante explicativo. Sufría un brote psicótico y la madre llamó al 112. Los médicos se quedaron sin subir al piso y fue la policía quien actuó. Los agentes dispararon seis veces y el último no se grabó, comenta la abogada de la familia, Mireia Salazar, que explica los detalles al TOT.
La audiencia nacional ha reabierto el caso después de que el juzgado de Badalona lo archivara “de forma precipitada”, remarca la abogada. “La audiencia emitió una interlocutoria muy contundente en la que dice que la auditoría de los Mossos es muy deficitaria y que era necesario analizar la proporcionalidad de los disparos”, resume. La abogada resalta que el médico forense que se encargó de la autopsia, en su declaración, aseguró que el uso de la Taser puede ser nocivo en una persona con problemas de salud mental. “Desafortunadamente, este caso lo tiene todo. Debemos evitar que estas situaciones se reproduzcan y con el marco normativo que se está elaborando en Barcelona vamos por el camino equivocado”. Que se sepa, Antonio es la única muerte provocada por una Taser en Cataluña.

Conceptos demasiado genéricos
Más en detalle, hay dos conceptos de la reglamentación que tampoco terminan de convencer: el de “seguridad ciudadana” y el de “riesgo a la integridad física”. Ambas entidades critican que son conceptos demasiado genéricos que dejan “a la discrecionalidad del agente” el uso o no del arma. “¿Qué es la seguridad ciudadana? ¿Proteger mobiliario urbano es seguridad ciudadana?”, se pregunta Pérez. “Son conceptos extremadamente amplios y mal definidos. Las directrices de la ONU indican que el uso de una Taser debe ser estrictamente controlado y limitado a situaciones en las que haya una amenaza inminente de muerte o situaciones potencialmente mortales”, argumenta.
En este sentido, los dictámenes internacionales refuerzan sus peticiones. El Comité contra la Tortura de la ONU, en un informe de 2013 sobre el uso de pistolas en el Reino Unido, recomendó “garantizar que las armas de descarga eléctrica se utilicen exclusivamente en situaciones extremas y limitadas -cuando haya una amenaza real e inmediata para la vida o riesgo de lesiones graves- como sustituto de armas letales”. Y el Comité Europeo para la Prevención de la Tortura del Consejo de Europa estableció en 2019 que el uso de Taser “debería limitarse a situaciones en las que exista una amenaza real e inminente para la vida o un riesgo de lesión grave”. Y puntualiza: “Es inadmisible recurrir a estas armas con el único fin de garantizar el cumplimiento de una orden”.
Desde las entidades se acogen a este último punto para pedir que el reglamento del Ayuntamiento deje claro que la pistola solo se podrá usar «en caso de que se ponga en riesgo la vida» y que elimine su artículo cuarto, que permite el uso de la pistola “cuando haya daños que puedan comportar un riesgo grave a los bienes jurídicos protegidos en la norma”. Para los sindicatos policiales el texto es correcto y puntualizan que las Taser solo se activarán “en situaciones de agresividad evidente”. Así se expresa Casas, que le resta importancia. “Me cuesta imaginar que alguien haga un grafiti y vaya un compañero a dispararle con la Taser. No tiene sentido, antes de eso hay otros pasos a seguir”. Por ahora, la idea es que las Taser las lleven los mandos de los antidisturbios municipales.