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Denegada por primera vez la amnistía a un policía investigado por lesiones

Sorpresa en el historial de la aplicación de la amnistía. La sección séptima de la Audiencia de Barcelona ha estimado el recurso de apelación presentado por Irídia – Centro para la Defensa de los Derechos Humanos, en nombre de T.S., y ha revocado la decisión del Juzgado de Instrucción número 4 de Barcelona que cerró un caso contra un Mosso d’Esquadra por lesiones, con un proyectil de foam, en aplicación de la ley del olvido penal por el independentismo. La resolución, comunicada el pasado diez de octubre y que hoy ha difundido la defensa de la víctima, es bastante contundente y rebate lo que hasta ahora ha sido la doctrina general y generosa de aplicar la amnistía a cualquier investigado uniformado.

La resolución, de 7 páginas y a la que ha tenido acceso Tot Barcelona, destaca que el caso estaba abierto por «posibles malos tratos policiales –trato inhumano o degradante–» contra un agente antidisturbios de la policía de la Generalitat. Un supuesto que, para los magistrados es evidente que queda fuera del marco de la competencia de la ley de amnistía. De hecho, los togados razonan que, si acaso, la amnistía no se podría aplicar sin celebrar el juicio oral que aclare la naturaleza de los hechos y, será entonces cuando se evalúe si pueden quedar o no excluidos de manera definitiva de la amnistía.

Parte dispositiva de la resolución que tumba la amnistía para un policía investigado por lesiones/QS
Parte dispositiva de la resolución que tumba la amnistía para un policía investigado por lesiones/QS

Protestas post-sentencia

El caso se remonta a las protestas post-sentencia del Procés. En concreto, la instrucción versaba sobre la lesión sufrida por T.S., la víctima, durante el 18 de octubre de 2019, que recibió el impacto de un proyectil de foam en la pierna y otro que impactó en su mochila, mientras corría para alejarse de la zona de la calle Provença, entre Passeig de Gràcia y Rambla de Catalunya. El caso se complicó porque, curiosamente, la investigación no fue capaz de identificar al agente autor de los disparos. Por tanto, continuó siguiendo el escalafón, y el caso se dirigió contra el superior jerárquico del agente, como último responsable de la actuación.


El tribunal remarca que no se puede descartar que se hiciera uso del proyectil de foam sin que concurrieran las condiciones que permitían su autorización. Además, los magistrados subrayan que los hechos ocurrieron fuera de la zona de las protestas, cuestionando la justificación policial basada en el contexto de desórdenes públicos. Esta resolución, abre para Irídia, un importante precedente en las causas aún detenidas de amnistía y en las continuas peticiones que han hecho miembros de cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado.

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