El juzgado de instrucción número 21 de Barcelona ha desestimado la querella que ocho activistas barcelonesas presentaron contra el policía español que utilizó las relaciones sexo-afectivas con las denunciantes para infiltrarse y espiar los movimientos sociales de la capital catalana. El agente, que respondía a las siglas D.H.P., se infiltró durante más de tres años en diferentes colectivos de la ciudad de Barcelona, especialmente en Sant Andreu. Las ocho afectadas presentaron una querella por los delitos de tortura o contra la integridad moral, descubrimiento y revelación de secretos, entre otros.
Según el juez, las relaciones fueron consentidas, y que a pesar del engaño, no hay ningún indicio de delito, hecho por el cual ha archivado una querella que llegará a la Audiencia de Barcelona, puesto que las acusaciones recorrerán el archivamiento de la querella.
Según la interlocutoria del juez, los delitos sexuales no existieron, puesto que siempre hubo consentimiento de las afectadas. En el supuesto de que las ocho activistas pudieran alegar que fueron engañadas para mantener estas relaciones sexuales, según la ley anterior a la del ‘solo sí es sí’, las víctimas tendrían que tener entre 16 y 18 años, pero todas ellas eran mayores de 18 años en el momento de los hechos.
No hubo un abuso de autoridad
El juez considera que en ningún caso hubo este supuesto abuso de autoridad, puesto que dice que no existió esta situación y, por lo tanto, no afectaba el consentimiento de las víctimas, además, el juez recuerda que las denunciantes describieron al policía como un hombre que pretendía tener relaciones igualitarias, y que, precisamente, no usó su condición de policía para conseguir establecer relaciones sexuales con las afectadas.
Algo que también argumenta para desestimar la acusación de los delitos de torturas y contra la integridad moral, puesto que el magistrado concluye que no fueron obligadas a mantener relaciones con el policía en contra de su voluntad y que lo hicieron de forma voluntaria porque no sabían la profesión del agente infiltrado. Argumenta que las querellantes no sufrieron, ninguna vejación física o psíquica, a pesar de que ahora se sientan engañadas, y que los reproches morales no pueden ser enjuiciados.
Iridia y la CGT esperan que la Audiencia reabra el caso
Las acusaciones esperan que la Audiencia de Barcelona, como en otros casos, les dará la razón respecto al deber que tienen de investigar efectivamente, y de forma reforzada, este tipo de casos en el marco de la prohibición de la tortura. Las abogadas de las víctimas destacan el agravio que supondría que no se investigue a fondo este caso: «El uso de las relaciones sexoafectivas como medio para conseguir información y generando una profunda sensación de vejación, humillación y dolor, no se puede pasar por alto”.