Satisfacción de Irídia y Òmnium después de que la Audiencia de Barcelona haya conformado la decisión del Juzgado de Instrucción de enviar a juicio un total de 46 agentes por las cargas en las diferentes escuelas de la ciudad de Barcelona durante el Primero de Octubre de 2017. La interlocutoria concluye, como el instructor, que existen suficientes indicios de delitos de lesiones y contra la integridad moral en este caso.
En la resolución de 14 páginas, a la cual ha tenido acceso el TOT Barcelona, el tribunal descarta imputar a más agentes —motivo de los recursos de apelación de las acusaciones—, pero también descarta archivar la causa contra ninguno de ellos, denegando las peticiones de sus defensas, con el apoyo mayoritariamente del Ministerio Fiscal.
La interlocutoria también determina que “la calificación jurídica indiciaria que otorga la interlocutoria a los hechos descritos va más allá de simples delitos de lesiones y apunta claramente al hecho de que algunas conductas podrían ser incardinadas en el delito contra la integridad moral cometido por funcionario público al cual se refiere el artículo 175 CP”.

“Resolución exquisita”
La interlocutoria, firmada por la sección tercera, felicita la resolución del Juzgado de Instrucción 7 al cumplir de “forma exquisita” con las exigencias formales que establece la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Así, resalta que el instructor “ofrece una descripción detallada e individualizada de los hechos imputados, de las personas contra las que se dirige el procedimiento, parte de las diligencias practicadas y de la valoración de su resultado para tener como acreditados los indicios que justifican la continuidad del caso”. En este marco, subraya que el juez “llega a unas conclusiones racionales, coherentes y motivadas que la Audiencia comparte plenamente”.
La resolución también destaca que ha habido un buen trabajo de pulir las acusaciones y determinar los posibles responsables de las veces y de presuntos delitos contra la integridad moral. Como ejemplo, indica que “una buena parte de los jefes de grupo han quedado excluidos de la imputación” al constatar que su conducta —de manera pasiva o activa— no tenía relación con los resultados del caso. En síntesis, la Audiencia se muestra de acuerdo con el argumento del instructor y es que “no puede justificarse cualquier conducta en la existencia de una orden judicial que provocó la intervención para eximir de responsabilidades”.
Satisfacción de Òmnium y Iridia
Òmnium Cultural y Irídia, acusaciones populares, consideran que esta resolución “supone un gran paso adelante en la lucha contra la impunidad de una actuación policial no solo desproporcionada, sino también delictiva, que provocó la condena de los principales organismos internacionales de derechos humanos”. “Esta resolución supone un nuevo paso para acabar con la impunidad de la violencia policial y reconoce el papel imprescindible de la sociedad civil como herramienta de protección de derechos humanos ante la carencia de impulso de la Fiscalía de una investigación efectiva”, añaden las entidades.