El Ayuntamiento de Barcelona ha comenzado una campaña informativa para explicar a motoristas, ciclistas y conductores de patinete las novedades de la ordenanza de circulación que entran en vigor el próximo 1 de febrero. La gran novedad es que será obligatorio llevar casco para circular con Vehículos de Movilidad Personal (VMP) como los patinetes, una infracción que será multada con 100 euros dentro de un mes. Pero no es la única multa que incluye la nueva ordenanza, que prevé sanciones de entre 50 y 500 euros en función de la gravedad de la infracción.
Los patinetes, vigilados con lupa
Aparte de la obligatoriedad de llevar casco, la ordenanza define los patinetes y el resto de VMP como vehículos unipersonales, por lo que solo podrá circular una persona. También se obligará a llevar luces delanteras y traseras. En la normativa vigente los patinetes ya están prohibidos para los menores de 16 años y limita su circulación a los carriles bici y a los de velocidad máxima de 30 kilómetros por hora. La nueva ordenanza clarifica las normas de circulación y limita la velocidad a 25 km/h, que se reduce a 10 km/h en los carriles bici que van por la acera.
Multas a los patinetes
- No llevar casco – 100 euros
- Viajar con más de una persona – 100 euros
- No llevar luces delanteras o traseras – 100 euros
- No bajar del patinete en punto de aglomeración de peatones – 100 euros
- El usuario tiene menos de 16 años – 200 euros
- Aparcar en un carril bici para realizar una actividad de carga y descarga – 200 euros
- Circulación por calle de 50 km/h – 500 euros
Las aceras son para los peatones
El director de servicios de Movilidad del Ayuntamiento de Barcelona, Adrià Gomila, ha avisado que la nueva ordenanza implicará “cambios de hábito” para los conductores de vehículos de dos ruedas. Uno de los objetivos de la nueva normativa es garantizar que las aceras son “para los peatones” y se prohibirá la circulación de bicis y VMP, con algunas excepciones, como los ciclistas de menos de 12 años o los adultos que los acompañen. La restricción se amplía hasta los 14 años en las calles que no disponen de carril bici.
Multas a las bicis
- No bajar de la bici en punto de aglomeración de peatones – 100 euros
- Atar la bici a árboles, semáforos, bancos contenedores o mobiliario urbano – 100 euros
- Aparcar en un carril bici para realizar una actividad de carga y descarga – 200 euros
Restricciones al aparcamiento de motos en la acera
Otra de las grandes novedades de la ordenanza de circulación es que las motos no pueden aparcar en la acera en la zona de influencia de los accesos a pie a un centro escolar o a un centro hospitalario. También se prohíbe el estacionamiento en espacios adyacentes a los aparcamientos de bicicletas, en los pasos de peatones, en los carriles bici y cuando se obstruya la utilización de los contenedores.
Multas a las motos
- Estacionamiento en aceras de menos de 3 metros – 50 euros
- Estacionar en puntos en los que se obstruye el uso de contenedores – 50 euros
- Estacionar en espacios adyacentes a aparcamientos de bicicletas – 100 euros
- Estacionar en pasos de peatones – 100 euros
- Estacionar en carriles bici – 200 euros
- Estacionar en un carril bici para realizar una actividad de carga y descarga – 200 euros
- Estacionar en aceras de acceso a escuelas y hospitales – 500 euros