Aval de la justicia a un eje verde de la superilla del Eixample que el gobierno de Ada Colau construyó el mandato pasado. Se trata de la pacificación del tramo de Girona con Consell de Cent. Según la sentencia, a la que ha tenido acceso el TOT Barcelona, un juzgado de Barcelona ha desestimado el recurso presentado por Foment del Treball. La magistrada que ha llevado el caso ha resuelto que la tramitación administrativa hecha por el Ayuntamiento de Barcelona se hizo «ajustada a derecho» y no requería -tal como alegaba Foment- la modificación previa del Plan General Metropolitano (PGM).
Fuentes municipales han reconocido al TOT que se trata de la primera resolución municipal favorable al consistorio en lo que se refiere a la tramitación para construir los ejes verdes de la superilla del Eixample, después de tres sentencias en contra. De hecho, este dictamen llega un día después de que Barcelona en Comú hiciera público que el Tribunal Supremo había desestimado la causa penal contra Colau y la exregidora de Urbanismo Janet Sanz iniciada, entre otros, por el exarquitecto jefe del Ayuntamiento, Josep Acebillo, durante la época de Pasqual Maragall como alcalde.
Son viales y los coches pueden circular, dice Bonet
En declaraciones recogidas por la agencia

A pesar de mostrarse satisfecha por la sentencia, Bonet ha defendido la necesidad de que las próximas reformas de ejes verdes se hagan desde el diálogo y el entendimiento, para «desjudicializar» estas transformaciones, y ha admitido que hay «disparidad de criterios» entre varios juzgados. Según el Ayuntamiento, hay una quincena de recursos interpuestos, de los que algunos están resueltos y otros están a la espera de que se terminen los recursos de apelación.
No hacía falta una modificación del PGM
Hasta ahora, se habían tumbado los ejes verdes de Consell de Cent, Comte de Borrell y Rocafort. El argumento principal de la justicia era que el Ayuntamiento no había llevado a cabo una modificación del Plan General Metropolitano. En cambio, en el dictamen favorable al consistorio, la jueza ve innecesario que hubiera que hacer una modificación del PGM, ya que no se modificó la anchura del vial ni su régimen jurídico y, por el contrario, sí que se mantiene la funcionalidad del vial para posibilitar la movilidad. Según la magistrada, se trata de unas obras ordinarias que no modifican «ni el trazado, ni la anchura, ni la reserva, ni el régimen jurídico del suelo, ni la funcionalidad de la calle».