Golpe del Consejo del Audiovisual de Cataluña al Ayuntamiento de Barcelona. Hoy ha aprobado un acuerdo que insta a TV3, Betevé y Rac1 a «cesar de manera inmediata» la emisión de la campaña institucional del Ayuntamiento de Barcelona “Fem la Barcelona de la teva vida», porque «no informa sobre ningún servicio público concreto, lo que contraviene la normativa sobre publicidad institucional». El acuerdo, según ha comunicado el CAC, se ha adoptado por mayoría. En el escrito, al cual ha tenido acceso TOT Barcelona, considera que la campaña «se trata de un supuesto de publicidad institucional promovida por el Ayuntamiento de Barcelona, tal como consta en la mención al final de las formas publicitarias. La campaña se construye a partir de verbalizaciones de personas que muestran la diversidad social de Barcelona, en aspectos como la edad, los orígenes, las capacidades y la orientación sexoafectiva».
El Consejo considera que la campaña Fem la Barcelona de la teva vida «no se ajusta a las previsiones de la letra a del apartado 2 del artículo 109 de la Ley 22/2005, de 29 de diciembre, de la comunicación audiovisual de Cataluña (LCA), dado que no informa sobre ningún servicio público concreto y se presenta de manera aspiracional y centrada en un relato de pertenencia cívica y diversidad social que no describe servicios actuales y accesibles a la ciudadanía».
Según el texto del CAC, esta circunstancia hace que la campaña «se aleje de la exigencia normativa», que establece que la publicidad institucional en medios de comunicación audiovisuales solo puede tener como objeto la información sobre servicios públicos y debe evitar, por tanto, «cualquier otro de carácter promocional o general sin contenido específico sobre aquellos servicios».
Esta es la cuarta campaña de publicidad institucional en la que el CAC ha actuado, desde que tomaron posesión los miembros actuales, en febrero de 2022. Las tres campañas anteriores fueron: “Tornem a fer història – Jocs Olímpics d’Hivern Pirineus-Barcelona” (Acuerdo 31/2023), “Tenim clara la nostra destinació” (Acuerdo 25/2024) y “Liderar” (Acuerdo 90/2025).



