El Departamento de Salud, dirigido por la consejera Olga Pané, ha sancionado al Hospital Quirónsalud de Barcelona con 6.000 euros de multa por haber incumplido varios protocolos durante el embarazo de una paciente, los cuales han acabado convirtiéndose en una «infracción grave». La investigación elaborada por la dirección general de ordenación y regulación sanitaria, firmada por la directora general Clara Pareja, a la cual ha tenido acceso el TOT Barcelona, concluye que se indujo el parto a la gestante, Judit S., sin informarla previamente ni solicitarle su consentimiento expreso, específico y por escrito, tal como establece la ley de autonomía del paciente. En este sentido, la investigación de Salud también indica que el hospital barcelonés no informó a la madre sobre los riesgos que rodeaban las diversas intervenciones que le realizaron.
Los hechos se remontan al 3 de noviembre de 2023, momento en el que Judit acudió a la Quirón. A las doce de la noche de ese día rompió aguas después de 39 semanas de gestación, y con un embarazo de bajo riesgo. Una hora después ya llegaron las primeras contracciones uterinas. Cuando solo faltaban cinco minutos para las seis de la mañana, Judit acudió al área de urgencias de la Quirón. Tal como relata la investigación elaborada por Salud, en el momento en que la ingresaron aún estaba en fase latente. Es decir, la dilatación del cuello uterino era de un centímetro solamente. Dos horas después, a las ocho de la mañana, la trasladaron a la sala de partos. Es aquí donde aparecen los problemas: «Le indujeron el
parto sin informarla, ni pedir su consentimiento, ni dejar constancia en la historia clínica. La matrona inició la inducción del parto sin tener en cuenta el test de Bishop, según el cual, si la maduración del cuello uterino era inferior a 6 centímetros, se debía indicar prostaglandinas para la maduración del cuello uterino«, constata la investigación elaborada por el Departamento de Salud.

Ni información ni consentimiento
Al acudir a urgencias, la madre sí que firmó un documento de consentimiento. Ahora bien, la investigación concluye que este documento era «genérico» y hacía referencia, solo, a la asistencia al parto. «El documento la obligaba a prestar consentimiento en bloque y por adelantado para actuaciones hipotéticas y extemporáneas, dejando cualquier decisión médica o quirúrgica en manos del tocólogo, quien se debía limitar a informar en lo posible de las decisiones que tomara«, argumentan desde la cartera de Salud. La víctima asegura que solicitó a la Quirón que le facilitaran el protocolo de ruptura de membranas, pero, según asegura -y no desmienten desde Salud-, no se lo facilitaron. Por otro lado, desde el Departamento de Salud también han detectado otras actuaciones que suponen un «grave incumplimiento» de los protocolos de práctica clínica y asistencial aplicables a la atención al parto, como realizar siete tactos vaginales a la paciente en tan solo 7 horas y media, aunque las guías recomiendan realizarlos máximo cada 4 horas para evitar el riesgo de sufrir una infección de la placenta y líquido amniótico.
Desde la administración catalana, en el marco de la investigación, exigieron a los responsables de la Quirón que les facilitaran toda la información relacionada con el parto de Judit con el objetivo de sacar sus propias conclusiones. En concreto, reclamaron una copia del historial clínico de la paciente, de la autorización de ingreso; el plan de nacimiento; la exploración en el preparto; el curso clínico evolutivo; el registro del parto; el registro cardiotocográfico; la prescripción de medicamentos y registro de administración; el registro de constantes; el de exploraciones complementarias; los consentimientos informados y el informe de alta. No todos los protocolos, sin embargo, se cumplieron.

Un historial clínico incompleto
El Departamento de Salud afirma que en los diversos documentos que les facilitó el centro sanitario barcelonés no consta ni recogido el ingreso de la paciente, ni que tuviera un plan de nacimiento ni si se le preguntó si tenía uno, ni que se le pidieran cuáles eran sus preferencias para el parto. En el documento sobre el curso clínico de enfermería se muestra que lo más recomendable era comenzar administrándole prostaglandinas -que sirven para estimular las contracciones-, pero que se le acabó administrando oxitocina, que es lo que se utiliza normalmente para inducir el parto. En esta línea, desde Salud apuntan que «no consta» que se le indicara que comenzaban a administrarle oxitocina, ni que se le hubiera pedido el consentimiento para hacerlo. La investigación también ha permitido detectar que en el historial clínico de Judit no se registró el partograma, el cual es un documento con información esencial sobre el parto y que es obligatorio legalmente que se incluya en la historia clínica. Tampoco consta el plan de parto de la embarazada, que es exigible según los protocolos de atención al parto.
Con todo, pues, la conclusión a la que llega el Departamento de Salud es clara: «La falta continuada de información y la falta del consentimiento informado a la gestante de manera previa a la aplicación de procedimientos quirúrgicos y de procedimientos que presentan riesgos conocidos constituiría una vulneración continuada del principio de autonomía, principio que forma parte de una atención respetuosa con la dignidad humana, y que es uno de los derechos básicos de la prestación de la asistencia en el sistema sanitario catalán», concluyen. El hospital Quirón tiene hasta finales de esta semana para presentar las alegaciones pertinentes al respecto. En caso de que reconozca su responsabilidad en las infracciones que se le imputan, se le reducirá un 20% la sanción impuesta, que es de 6.000 euros.
